La Ley de Dependencia es de aplicación para aquellas personas que debido a su edad, a padecer alguna enfermedad o por su nivel de discapacidad, son dependientes de manera permanente. Es decir, que la persona a la que se aplica esta ley precisa de la asistencia de una o más personas para llevar a cabo sus actividades de la rutina diaria.
La Ley 39/2006 de Dependencia se deriva del actual sistema de soporta para las personas con discapacidad, como un conjunto de prestaciones y servicios destinados a promover la autonomía e independencia personal, además de proteger y atender a dichas personas a través de los servicios públicos y privados que estén debidamente acreditados. Recibiendo el nombre de Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Desde la Dirección de El Jardín de Horche nos ofrecemos a ayudar a nuestros mayores y sus familias a despejar cualquier duda sobre la Ley de Dependencia y como tramitarla.
“En El Jardín de Horche ofrecemos a nuestros residentes y a sus familiares orientación integral, como, por ejemplo, Tramitar la Ley de Dependencia…”
¿Quién se puede solicitar la Ley de Dependencia?
Es Fundamental saber que los beneficiados de esta ley son españoles que residan en el territorio nacional y que hayan sido declarados dependientes por el organismo competente en el territorio en el que reside.
¿Cuáles son los requisitos básicos para ser beneficiario de la Ley de Dependencia?
- Hallarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos por la Ley.
- Tener nacionalidad de España.
- Residir en territorio español por lo menos a lo largo de 5 años.
- Estar empadronado en la Comunidad Autónoma donde se solicita.
“En El Jardín de Horche ofrecemos a nuestros residentes y a sus familias orientación guiada e integral para Tramitar la Ley de Dependencia…”
¿Es importante tramitar la Ley de Dependencia?, ¿Por qué?
Desde la Ley de Dependencia, se establececuando “el estado de carácter persistente en que se hallan los individuos que, por causas de edad, patología o discapacidad, y ligadas a la pérdida de soberanía física, de la mente, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra persona para hacer las actividades primordiales de la vida cotidiana, o en la situación de individuos con discapacidad intelectual o patología de la mente, de otros apoyos para su soberanía personal”. La legislación española prevé una serie de servicios y prestaciones para asegurar el derecho de los ciudadanos a la promoción de la autonomía personal y a la atención a los individuos en situación de dependencia. Es lo que se conoce como Ley de Dependencia.
Dicho de otro modo, la Ley de la Dependencia facilita que familias con personas mayores o en situación de dependencia puedan solicitar ayudas tanto de servicios como económicas, para que puedan hacer frente alos costos que implica el cuidado de una persona dependiente.
¿Cómo se solicita la Ley de Dependencia?
La dirección de Horche estará encantada de facilitar toda la información necesaria para tramitar la Ley de Dependencia. De todas maneras, dicha tramitación se puede hacer de manera electrónica o presencial, por medio de los servicios sociales del Ayuntamiento en el cual se encuentre empadronado.
Puede solicitarse acudiendo a los servicios sociales municipales o a los centros de atención primaria, donde el trabajador social que corresponde realizará una valoración del caso y ofrecerá orientación sobre los trámites a hacer. Más adelante, la Dirección Gral. de Atención al Mayor y la Dependencia se pondrá en contacto con el interesado para fijar el día y la hora de la valoración.
¿Qué documentación se debe aportar para tramitar la Ley de Dependencia?
Informe de salud emitido por un doctor colegiado, de entorno público ó privado, en el modelo normalizado.
Fotocopia del D.N.I/N.I.E/pasaporte en vigor del solicitante.
Certificado de Empadronamiento que justifique el domicilio de hoy, así como 5 años de permanencia en España.
Los residentes que carezcan de la nacionalidad española deberán exponer certificado de residencia legal en España por los mismos periodos.
Si el solicitante es pensionista de gran invalidez ó tiene identificado cualquier nivel de discapacidad, tendrá que exponer fotocopia de los documentos que lo acrediten.
Si se solicita por medio de representante legal, tendrá que exponerfotocopia del DNI/NIE/pasaporte de este. Si hablamos de representante legal, Sentencia Judicial con nombramiento de representante legal. Si ha iniciado trámite de incapacitación, justificante del inicio del proceso. o Testimonio del Guardador por cierto.
¿Cuáles son los 3 grados de dependencia?(video 9.- grados dependencia)
Grado I o estadío I: dependencia moderada
Grado II o estadío II: dependencia severa
Grado III o estadío III: enorme dependencia
Para conocer si una persona está en situación de dependencia se procede a la valoración del solicitante, que es elaborada por un profesional con perfil sociosanitario y formación específica en la aplicación del Baremo de Valoración de el caso de Dependencia (BVD).